Descripción original
- La Autoridad de Vivienda del Condado de Lebanon administra el Programa de Asistencia de Alquiler de Emergencia, brindando alivio a los hogares del Condado de Lebanon que no pueden pagar el alquiler y los servicios públicos debido a la pandemia de COVID-19.
Elegibilidad
- Los hogares elegibles pueden recibir hasta 15 meses de asistencia, más 3 meses adicionales si hay fondos disponibles, y la Autoridad de Vivienda del Condado de Lebanon determina que los meses adicionales son necesarios para garantizar la estabilidad de la vivienda.
- Un "hogar elegible" es un hogar arrendatario en el que una o más personas cumplen con los siguientes criterios:
- Califica para beneficios de desempleo, o
- Experimentó una reducción en los ingresos del hogar, incurrió en costos significativos o experimentó otras dificultades financieras debido a COVID-19, que deben verificarse por escrito;
- Demuestra un riesgo de experimentar la falta de vivienda o la inestabilidad de la vivienda; y
- Tiene un ingreso familiar igual o inferior al 80% de la mediana del área.
Solicitud
- Una solicitud de asistencia para el alquiler puede ser presentada por un hogar inquilino elegible o por un propietario en nombre de ese hogar inquilino elegible. En general, los fondos se pagarán directamente a los propietarios y proveedores de servicios públicos. Si un propietario no desea participar, los fondos se pueden pagar directamente al hogar elegible.
Determinación de ingresos
- Al determinar los ingresos de un hogar, la Autoridad de Vivienda del Condado de Lebanon considerará:
- El ingreso bruto total del hogar (ingreso antes de cualquier deducción) para el año calendario 2023, o
- Los ingresos brutos mensuales del hogar (30 días antes de la fecha de solicitud) para dicha asistencia.
Asistencia de alquiler
- La Asistencia para el alquiler incluye asistencia para prevenir la falta de vivienda al ayudar a los hogares donde la estabilidad de la vivienda está en riesgo debido al COVID-19.
- El Programa de asistencia de alquiler de emergencia (ERAP) proporciona a los hogares elegibles el pago completo de hasta 18 meses de atrasos de alquiler (dinero adeudado) que se han acumulado después del 13 de marzo de 2020.
- Un hogar elegible puede solicitar pagos de alquiler prospectivos (futuros) por hasta tres meses a la vez.
- Se realizará una nueva solicitud y determinación de elegibilidad cada 3 meses para los hogares que recibirán asistencia de alquiler en el futuro.
Asistencia de servicios públicos
- Los costos de servicios públicos y energía del hogar son cargos declarados por separado relacionados con la ocupación de la propiedad de alquiler, que incluyen:
- Costos de electricidad, gas, agua, alcantarillado, recolección de basura y energía, como combustible de calefacción.
- Los servicios públicos cubiertos por el arrendador dentro del alquiler se tratarán como alquiler.
- El Programa de Asistencia de Emergencia para el Alquiler (ERAP) proporciona a los hogares elegibles el pago completo de hasta 12 meses de atrasos de servicios públicos (dinero que se debe y debería haberse pagado antes) que se haya acumulado después del 13 de marzo de 2020.
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