Preguntas Frecuentes

Preguntas frecuentes sobre el programa de asistencia de alquiler de emergencia (ERAP)

1. ¿Qué es ERAP?

El Programa de Asistencia de Emergencia para el Alquiler o ERAP se creó para ayudar a los inquilinos a lidiar con desafíos financieros relacionados con la pandemia de COVID-19. Para los hogares elegibles, el programa ofrece asistencia con el alquiler y los servicios públicos para ayudar a los residentes de Pensilvania a evitar el desalojo o la pérdida del servicio público.

ERAP fue establecido por la Ley de Asignaciones Consolidadas 2021. El Gobernador Wolf firmó la Ley 1 de 2021 como ley el 5 de febrero de 2021 permitiendo que el Departamento de Servicios Humanos (DHS) implemente y administre ERAP de acuerdo con la ley federal.

2. ¿Qué cubre?

ERAP ayuda a los hogares inquilinos a pagar el alquiler, los saldos de alquiler vencidos (también conocidos como atrasos), los costos de servicios públicos y de energía del hogar, los atrasos de los costos de los servicios públicos y de energía del hogar y otros gastos relacionados con la vivienda que se detallan a continuación.

Los gastos de alquiler incluyen alquiler, atrasos de alquiler, costos de alquiler de remolques y lotes de remolques, y pueden incluir hoteles, moteles y pensiones a largo plazo.

Los servicios públicos incluyen los costos de electricidad, gas, agua, alcantarillado, eliminación de basura y energía, como el aceite combustible, que se indican por separado.

Otros gastos relacionados con la vivienda incluyen, entre otros, gastos de reubicación, tarifas de alquiler, tarifas por mora razonables, servicios de Internet para el trabajo, educación en el hogar, telemedicina, etc.

3. ¿Quién es elegible?

Los residentes del condado de Lebanon pueden presentar una solicitud por sí mismos como inquilinos o un propietario puede presentar una solicitud en nombre de los inquilinos actuales.

Un hogar debe ser responsable de pagar el alquiler de una propiedad residencial y:

  • Una o más personas dentro del hogar calificaron para beneficios de desempleo, tuvieron una disminución en sus ingresos, aumentaron los costos del hogar o experimentaron otras dificultades financieras debido directa o indirectamente a la pandemia de COVID-19;
  • Una o más personas en el hogar pueden mostrar el riesgo de experimentar falta de vivienda o inestabilidad en la vivienda; Y
  • El hogar tiene un ingreso igual o inferior al 80 por ciento del ingreso medio del área (AMI).
4. ¿Cuáles son los límites de ingresos?
Ingresos familiares iguales o inferiores al 80 por ciento de la mediana del área.

1 persona: menos de $ 42,720
2 persona: menos de $ 48,800
3 persona: menos de $ 54,900
4 persona: menos de $ 60,960
5 persona: menos de $ 65,840
6 persona: menos de $ 70,720
7 persona: menos de $ 75,600
8 persona: menos de $ 80,480

5. ¿Qué información se necesita para realizar la solicitud?
  • Información de identificación personal del jefe de hogar. Esto podría incluir una licencia de conducir, una tarjeta de identificación emitida por el estado, un pasaporte, etc.
  • Información sobre ingresos de todos los miembros del hogar mayores de 18 años.
  • Su contrato de arrendamiento y algo que demuestre el monto del alquiler que debe.
  • El nombre y la información de contacto de su arrendador.
  • Gastos de servicios públicos como electricidad, agua, petróleo, gas natural, etc.
  • Información del proveedor de servicios públicos.
6. ¿Qué documentos se necesitan?

Esté preparado para proporcionar documentos que prueben su información. Esto puede ser cosas como:

  • Identificación personal como licencia de conducir, tarjeta de identificación emitida por el estado, pasaporte, etc.
  • Carta de determinación de desempleo o prueba de una disminución en los ingresos del hogar debido a COVID-19 (recibos de pago o una carta de su empleador).
  • Comprobante de ingresos de todos los miembros del hogar mayores de 18 años
  • Recibos de pago, formularios W-2, otras declaraciones de salarios, declaraciones de impuestos, registros de depósito directo o certificación de un empleador.
  • Documentación de ingresos no derivados del trabajo, como beneficios por desempleo, beneficios de seguridad social, beneficios de jubilación, manutención de hijos / cónyuge, etc.
  • Documento (s) que muestre el alquiler y / o los atrasos del alquiler adeudados
  • Documento (s) que muestre los atrasos de servicios públicos y / o servicios públicos adeudados.
  • Documento (s) que muestre otros gastos relacionados con la vivienda experimentados debido a COVID-19.

Atención Si no tiene documentos oficiales, puede proporcionar cartas firmadas por un empleador, arrendador o empresa de servicios públicos, etc. La Autoridad de Vivienda del Condado de Lebanon trabajará con usted para obtener los documentos necesarios o las certificaciones por escrito, según sea necesario.

Estos documentos pueden enviarse a su proveedor ERAP local como:

  • fotocopias
  • Fotografías digitales de documentos
  • Correos electrónicos o cartas de empleadores, propietarios u otras personas con conocimiento de las circunstancias de su hogar.
7. ¿Cuándo comienza el programa?

8 de marzo, 2021.

8. ¿Cuándo termina el programa?

30 de septiembre de 2025 o hasta que se agoten los fondos, lo que ocurra primero.

9. ¿Cómo solicito?

Las solicitudes para el condado de Lebanon se pueden enviar en línea en https://lebanoncountyrenthelp.com/application/ o puede obtener una solicitud en:

Autoridad de Vivienda del Condado de Líbano
Calle Mifflin 120
PO Box 420
Líbano, PA 17046
Lun. - Vie. 8:30 am - 4:30 pm

10. ¿Cómo proporciono verificaciones?

Las verificaciones se pueden proporcionar por correo, correo electrónico o en persona a:

Autoridad de Vivienda del Condado de Líbano
Calle Mifflin 120
PO Box 420
Líbano, PA 17046
Lun. - Vie. 8:30 am - 4:30 pm

11. ¿Cómo se emite el pago ERAP?

La asistencia de ERAP se paga directamente al propietario o al proveedor de servicios públicos. Si un propietario o proveedor de servicios públicos no desea participar en ERAP, se puede realizar un pago directo al inquilino. Un pago recibido por un inquilino debe enviarse al propietario o al proveedor de servicios públicos para reducir la obligación del inquilino.

12. ¿Califico si soy dueño de mi casa?

No. ERAP solo está disponible para hogares en donde pagan alquiler o servicios públicos en una propiedad de alquiler residencial.

13. ¿Califico si recibo la Sección 8 o asistencia para vivienda subsidiada?

Un hogar elegible que está en una propiedad residencial o de uso mixto subsidiada por el gobierno federal puede recibir asistencia de ERAP siempre que los fondos de ERAP no se apliquen a costos que hayan sido o serán reembolsados ​​bajo cualquier otra asistencia federal. Esto incluiría viviendas de la Sección 8.

Si un hogar elegible recibe un subsidio federal mensual (por ejemplo, un vale de elección de vivienda, vivienda pública o asistencia de alquiler basada en proyectos) y el alquiler del inquilino se ajusta de acuerdo con los cambios en los ingresos, el hogar inquilino puede recibir asistencia ERAP para la parte del alquiler o de los servicios públicos no subsidiados que debe el inquilino.

14. ¿Qué cantidad de mis atrasos de alquiler / servicios públicos se pueden cubrir?

Se puede brindar asistencia al inquilino con el pago del alquiler, los atrasos del alquiler, los costos de servicios públicos o de energía del hogar, los atrasos de los costos de los servicios públicos o de la energía del hogar u otros gastos relacionados con la vivienda hasta por 15 meses (más tres meses adicionales, si estabilidad de la vivienda para el hogar, sujeto a la disponibilidad de fondos) que se haya acumulado a partir del 13 de marzo de 2020.

No hay una cantidad máxima de beneficios para los pagos de asistencia calificada.
El alquiler, los servicios públicos y otros gastos relacionados con la vivienda, por separado o combinados, se pueden realizar solo por hasta 15 meses más tres meses adicionales, si es necesario, para garantizar la estabilidad de la vivienda para el hogar, sujeto a la disponibilidad de fondos.

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